NUEVA REFORMA LABORAL
CONOCEMOS LAS MEDIDAS MÁS DESTACADAS
PRÓRROGA DEL CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y NUEVAS AYUDAS
– REAL DECRETO-LEY 30/2020
PRÓRROGA DEL CESE DE ACTIVIDAD DE TRABAJADORES AUTÓNOMOS Y NUEVAS AYUDAS
– REAL DECRETO-LEY 30/2020
El Gobierno publicará mañana en el BOE la nueva Reforma Laboral y las empresas tendrán un plazo de tres meses para adaptarse a dicha reforma.
Desde Loexis Asesores & Abogados estamos a la espera de su publicación en BOE para su estudio y análisis.
Durante la segunda quincena de enero iremos informando a cada empresa en qué aspectos les afecta y cómo se deberán adaptar. También os iremos informando de las distintas reuniones que vamos a ir teniendo con responsables de Trabajo.
A destacar de dicha reforma (pendientes del estudio profundizado de la norma):
- La norma establece que el contrato de trabajo ordinario será el indefinido y que solo habrá un contrato temporal con dos causas: de sustitución y productivas
- Se reduce de 24 a 18 meses en un periodo de 24 meses (frente a los 30 actuales) el plazo permitido para el encadenamiento de contratos temporales. Si esta fórmula se incumpliera, el trabajador pasará a adquirir la condición de indefinido.
- El incumplimiento de cualquier otra norma que regule la contratación temporal llevará a que el trabajador sea considerado fijo. Para ello, se elevarán también las sanciones de la Ley de Infracciones y del Orden Social (Lisos) por el uso fraudulento de contratos temporales, tanto su cuantía como su aplicación. Dicha cuantía se eleva a 10.000 euros y por cada trabajador con en que se incumpla la ley.
- La creación de un nuevo contrato indefinido para la construcción. Cuando la obra finalice, la empresa estará obligada a ofrecer una recolocación al empleado en otra obra e incluso a recualificarle si fuera necesario para el nuevo puesto.
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